Con la entrada en vigor de la nueva ley hipotecaría, los notarios han cobrado mayor importancia en el proceso de la firma de un préstamo hipotecario. Ahora, y aunque siempre han tenido la labor de defender los derechos de los futuros hipotecados, la normativa que entró en vigor en junio obliga al consumidor a acudir a un notario de libre elección antes del día de la firma de la hipoteca, para repasar las condiciones del préstamo y sus consecuencias. De hecho deben acudir al notario elegido al menos 10 dias antes de la firma de escrituras. El notario comprobará -y dejará constancia en acta notarial (que será gratuita)- que ha recibido con la antelación suficiente toda la información necesaria y documentación prevista en la nueva normativa, y recibirá el debido asesoramiento por parte del notario, a quien podrá consultar cuantas dudas tenga en relación al préstamo hipotecario a suscribir.
Pero los notarios, desde su asociación, aclaran que un notario puede confirmar que las comisiones y otras cláusulas de una hipoteca se ajustan a la ley, pero no asesorar al cliente si son altas o bajas y si, dada su situación personal y financiera, se trata del producto adecuado.
Es decir, el notario no puede entrar en criticar el producto ofrecido por un banco, no puede hacer comparaciones entre entidades, no puede decirle a un cliente si esta comisión es alta o baja. Y ello se debe a que el notario ha de actuar con imparcialidad, no puede tomar partido por un cliente en perjuicio de otro y debe informar sin enjuiciar.